Una reciente reforma a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) abre la posibilidad para que estados y municipios salden sus deudas con esta institución mediante la cesión de bienes inmuebles. Publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), la reforma modifica y adiciona disposiciones para facilitar esta nueva modalidad de pago.
La modificación, que incluye la adición de una nueva fracción VI al artículo 253 de la Ley del Seguro Social, permite que los estados, municipios y organismos descentralizados cedan inmuebles al IMSS para saldar adeudos o cubrir obligaciones. Sin embargo, esta cesión está sujeta a ciertas condiciones.
Entre las condiciones establecidas se encuentran:
Además, la reforma establece que la dación en pago o el pago en especie no dará derecho a la devolución en efectivo a favor del ente público. Cualquier saldo a favor después de liquidar los adeudos podrá aplicarse a importes futuros, pero no para cubrir cuotas del seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez.
Esta modificación busca ofrecer una alternativa viable a los entes públicos para cumplir con sus obligaciones financieras hacia el IMSS, contribuyendo así a la viabilidad financiera de los estados y municipios, mientras fortalece el patrimonio del Instituto y los servicios que se ofrecen a los derechohabientes.